Cómo funciona la causa de necesidad, el principal motivo del arrendador para resolver el alquiler?
- Esta excepción debe estar prevista en el contrato de arrendamiento, si no es así, no se puede utilizar.
- Solo se puede utilizar cuando el arrendamiento entra en prórroga y no antes. Además, debe comunicarse a los inquilinos con dos meses de antelación a la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar.
- La Necesidad alegada debe ser real y verdadera, no son admisibles las necesidades simuladas o acomodaticias.
- Solo es válido utilizar la causa de necesidad cuando se necesite recuperar la vivienda arrendada para volver a ocuparla. No sería válida su utilización en casos de necesidad por venta.
- La necesidad exclusivamente ha de surgir en el arrendador, cónyuge (o pareja), o en los padres del arrendador o en sus hijos.
- Las consecuencias de una inadecuada utilización pueden ser muy gravosas para el arrendador
- Cuando los arrendadores son personas jurídicas, no se puede utilizar esta excepción a la prórroga obligatoria.
- El procedimiento judicial adecuado para exigir su cumplimiento, si el inquilino no quiere entregar la posesión, es el del lento juicio Ordinario.
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